Resolución N.° 010307162019

30 de octubre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación 00727-2019-JUS/TTAIP de fecha 13 de setiembre de 2019, interpuesto por LlUBOMIR FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ contra la Carta N° 521-GRAPUNO-ESSALUD-2019 de fecha 21 de mayo de 2019, notificada el 17 de junio de 2019, mediante la cual la RED ASISTENCIAL PUNO - ESSALUD denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 15 de marzo de 2019.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 15 de marzo de 2019, el recurrente solicitó a la entidad la relación de asegurados que trabajaron en ocho (8) empresas\ siendo estas las siguientes:
CENTINELA ANOS SECURITY S.A.C. - RUC: 20447958504.
COMING MINERA SAN JUAN DEL ORO S.A.C. - RUC: 20447957281.
TRES SIETES EIRL- RUC: 20447791618.
M&C SUDAMERIS SECURITY S.A.C. - RUC: 20448139809.
MINERA GREENWICH S.A.C. - RUC: 20557695321.
INTERNATIONAL AMERICAN SECURITY S.C.R.L' - RUC: 20447640164.
ANDEAN DELTA SECURITY S.A.C. - RUC: 20552415460.
COVISET S.R.L. - RUC: 20454160542.

Mediante la Carta N° 521-GRAPUNO-ESSALUD-2019 notificada el 17 de junio de 2019, la entidad denegó la información requerida sosteniendo que la misma constituye datos personales cuya protección tiene amparo legal en la Ley N' 29733, "Ley de Protección de Datos Personales"^ y que a su vez se encuentra contemplada como una excepción al derecho de acceso a la información pública conforme al numeral 5 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM'^. Asimismo, agrega que los sistemas que manejan las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas, no cuentan con la opción "relación de trabajadores" a fin de recabar dicha información, manifestando que dicha información actualizada debe ser proporcionada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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