Resolución N.° 005571-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
17 de diciembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04656-2024-JUS/TTAIP de fecha 30 de octubre de 2024, interpuesto por JORGE ALVARADO LINO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante ESSALUD - RED ASISTENCIAL HUANUCO con fecha 14 de octubre de 2024, con N° de expediente RAHUSMP20240000165.
Con fecha 14 de octubre de 2024, con N° de expediente RAHUSMP20240000165, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1.- TDR presentado por la oficina de OSPE Hco. Jefe. para el alquiler de un inmueble para OSPE Huco.
2.- Oferta realizado por Luis Felipe Tello Barrueta.
3.- Informe del Arquitecto sobre la oferta realizada.” (Sic)
Con fecha 30 de octubre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 005045-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley.
Con fecha 14 de octubre de 2024, con N° de expediente RAHUSMP20240000165, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1.- TDR presentado por la oficina de OSPE Hco. Jefe. para el alquiler de un inmueble para OSPE Huco.
2.- Oferta realizado por Luis Felipe Tello Barrueta.
3.- Informe del Arquitecto sobre la oferta realizada.” (Sic)
Con fecha 30 de octubre de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 005045-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala