Resolución N.° 010306522019

17 de octubre de 2019

VISTO el Expediente de Apelación N® 00675-2019-JUS/TTAIP de fecha 3 de setiembre de 2019, interpuesto por VÍCTOR AMELIO VALENZUELA VALDIVIA contra el Oficio N° 004853-2019-MP-FN-PJFSLIMA, notificado con fecha 27 de agosto del presente año, mediante el cual el DISTRITO FISCAL DE LIMA atendió parcialmente su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 12 de agosto del año en curso.

CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de agosto de 2019 el recurrente solicitó copias certificadas de diversos documentos que forman parte de la Queja N 64-2014-PUNO.

Mediante el Oficio N° 004853-2019-MP-FN-PJFSLIMA, notificado con fecha 27 de agosto de 2019, la entidad atendió parcialmente la solicitud del recurrente señalando que la Fiscalía de Control Interno, por medio del Oficio N® (Reg. N° 2390)-2019-MP-FN-FSCI-CC, le cursó información respecto de los puntos 1, 3, 4, 5, 7 y 8 de la referida solicitud.

Con fecha 3 de setiembre de 2019 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando que parte de la información contenida en los puntos 2, 4 y 8 de su solicitud no le fue entregada.

A través del Oficio N° 006243-2019-MP-FN-PJFSLIMA^ presentado ante esta instancia mediante correo electrónico de fecha 15 de octubre de 2019'', la entidad formuló sus descargos alegando que por medio del Oficio N° 006221-2019-MP-FNPJFSLIMA cumplió con proporcionar la información requerida por el recurrente en su recurso de apelación.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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