Resolución N.° 002547-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
24 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 02154-2024-JUS/TTAIP de fecha 17 de mayo de 2024, interpuesto por DANILO SALAZAR SALCEDO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE CHINCHEROS presentada mediante Expediente N° 6572-24 de fecha 15 de abril de 2024.
Con fecha 15 de abril de 2024, el recurrente solicitó se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) Hoja de Ruta detallada del registro, recepción, derivación y otras acciones, del Expediente Administrativo n° 19337-2023 de la fecha 27/09/2023, hora de registro 15:15:11 (…)”.
Con fecha 10 de junio de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación1 materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002086-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA2 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 15 de abril de 2024, el recurrente solicitó se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) Hoja de Ruta detallada del registro, recepción, derivación y otras acciones, del Expediente Administrativo n° 19337-2023 de la fecha 27/09/2023, hora de registro 15:15:11 (…)”.
Con fecha 10 de junio de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación1 materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002086-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA2 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala