Resolución N.° 003586-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
6 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03062-2024-JUS/TTAIP de fecha 12 de julio de 2024, interpuesto por EMPRESA TRANSYT E.I.R.L., representada por Lucia Eliana Torres Salas en calidad de Gerente, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LIMA, con fecha 13 de junio de 2024.
Con fecha 13 de junio de 2024, la recurrente requirió a la entidad que le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
Copia de la Papeleta de Infracción de Tránsito N° 14047456 con fecha de infracción el 01/12/2022, impuesta al vehículo de placa F9Y279, que contiene información de la supuesta comisión de la infracción M27.
Copia de las pruebas documentales, mediante manera digital, fotográfica o fílmica de acuerdo con el artículo 28 de la Ordenanza Municipal N° 1682- MML.
La copia de las pruebas que demuestren la imposición de la supuesta infracción M27.
Copias de las cédulas de notificación de lo actuado.
Documentos Legibles.
(…)”
Con fecha 4 de julio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó el recurso de apelación ante la entidad.
Mediante el OFICIO N° D000056-2024-SAT-OT929, ingresado a esta instancia el 12 de julio de 2024, la entidad elevó el recurso de apelación señalando que mediante correo electrónico de fecha 4 de julio de 2024 se entregó a la recurrente la información solicitada.
Con fecha 13 de junio de 2024, la recurrente requirió a la entidad que le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
Copia de la Papeleta de Infracción de Tránsito N° 14047456 con fecha de infracción el 01/12/2022, impuesta al vehículo de placa F9Y279, que contiene información de la supuesta comisión de la infracción M27.
Copia de las pruebas documentales, mediante manera digital, fotográfica o fílmica de acuerdo con el artículo 28 de la Ordenanza Municipal N° 1682- MML.
La copia de las pruebas que demuestren la imposición de la supuesta infracción M27.
Copias de las cédulas de notificación de lo actuado.
Documentos Legibles.
(…)”
Con fecha 4 de julio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó el recurso de apelación ante la entidad.
Mediante el OFICIO N° D000056-2024-SAT-OT929, ingresado a esta instancia el 12 de julio de 2024, la entidad elevó el recurso de apelación señalando que mediante correo electrónico de fecha 4 de julio de 2024 se entregó a la recurrente la información solicitada.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala