Resolución N.° 004279-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
24 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03678-2024-JUS/TTAIP de fecha 27 de agosto de 2024, interpuesto por RENZO BAMBARÉN CHACÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, con fecha 7 de agosto de 2024.
Con fecha 7 de agosto de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“SOLICITO COPIA DE LAS SIGUIENTES NOTAS INFORMATIVA NOTA INFORMATIVA Nº 202300403531-SCG-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/COM. MANCHAY NOTA INFORMATIVA Nº 202300255852-SCG-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/COM. MANCHAY NOTA INFORMATIVA Nº 202301990252-SCGPNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/CPNP. SANTA CLARA NOTA INFORMATIVA Nº 202401188538-SCG-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/CPNP. VITARTE”
Con fecha 27 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 003581-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 6 de setiembre de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
Con fecha 7 de agosto de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“SOLICITO COPIA DE LAS SIGUIENTES NOTAS INFORMATIVA NOTA INFORMATIVA Nº 202300403531-SCG-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/COM. MANCHAY NOTA INFORMATIVA Nº 202300255852-SCG-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/COM. MANCHAY NOTA INFORMATIVA Nº 202301990252-SCGPNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/CPNP. SANTA CLARA NOTA INFORMATIVA Nº 202401188538-SCG-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL ESTE 2/CPNP. VITARTE”
Con fecha 27 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 003581-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 6 de setiembre de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala