Resolución N.° 004210-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

21 de octubre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 03244-2024-JUS/TTAIP de fecha 24 de julio de 2024, interpuesto por HÉCTOR BENIGNO MIRANDA CONTRERAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILCABAMBA, con fecha 21 de junio de 2024.

Con fecha 21 de junio de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) solicito las boletas de pago por los certificado de posesion emitidos el 12 de noviembre 2012, 17 de noviembre 2014 y el 26 de febrero del 2018 emitidos a nombre de Edilberto Sanchez C. (…)” [sic]
Con fecha 24 de julio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003202-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de agosto de 20241, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales a la fecha de la emisión de la presente resolución no fueron presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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