Resolución N.° 003986-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
4 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03662-2024-JUS/TTAIP de fecha 26 de agosto de 2024, interpuesto por LEYDI DIANA SUSETTY RIVERA RIOS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUÍZ GALLO con fecha 17 de julio de 2024.
Con fecha 17 de julio de 2024, la recurrente solicitó a la entidad que se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1.- Reglamento de estudios de posgrado UNPRG doctorados y maestrías actualizado
2.- Protocolos para la obtención de grados y títulos en la EPG-UNPRG: PROTOCOLO del proyecto de tesis, protocolo de informe de tesis, protocolo de artículo científico y resolución del mismo actualizado
3.- Prospecto de admisión del periodo académico 2024-1 EPG – UNPRG
4.- Conceptos de tasas educativas en banco de la nación – posgrado actualizado UNPRG”
Con fecha 26 de agosto de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegado su pedido de información en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003439-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, dichos requerimientos no han sido presentados
Con fecha 17 de julio de 2024, la recurrente solicitó a la entidad que se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1.- Reglamento de estudios de posgrado UNPRG doctorados y maestrías actualizado
2.- Protocolos para la obtención de grados y títulos en la EPG-UNPRG: PROTOCOLO del proyecto de tesis, protocolo de informe de tesis, protocolo de artículo científico y resolución del mismo actualizado
3.- Prospecto de admisión del periodo académico 2024-1 EPG – UNPRG
4.- Conceptos de tasas educativas en banco de la nación – posgrado actualizado UNPRG”
Con fecha 26 de agosto de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegado su pedido de información en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003439-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, dichos requerimientos no han sido presentados
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala