Resolución N.° 004655-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
21 de noviembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03793-2024-JUS/TTAIP de fecha 2 de setiembre de 2024, interpuesto por ARIS INDUSTRIAL S.A., representada por su apoderado, señor Ivan Zumaeta Arévalo, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN con fecha 1 de agosto de 2024, con EXP-0015369-2024.
Con fecha 1 de agosto de 2024, la recurrente requirió a la entidad que se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Se solicita enviar en formato virtual la documentación contenida en el expediente de habilitación urbana emitida en favor de Inmobiliaria Almonte S.A.C. (RUC 20298081556) respecto al predio sub lote 4 - Lurín (ref. cruce de la Av. Industrial con Prolongación Pachacutec). Especialmente la referida al Planeamiento Industrial/Integral” [sic].
Con fecha 2 de setiembre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó el recurso de apelación ante esta instancia.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003529-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 4 de setiembre de 20241, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
Con el OFICIO N° 415-2024-OGACM/MDL de fecha 6 de noviembre de 2024, la entidad remite el expediente administrativo y presenta sus descargos señalando que mediante Carta N° 406-2024-TRANSPARENCIA-OGACM/MDL, notificada por correo electrónico el 31 de octubre de 2024, se trasladó a la recurrente la información solicitada.
Con fecha 1 de agosto de 2024, la recurrente requirió a la entidad que se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Se solicita enviar en formato virtual la documentación contenida en el expediente de habilitación urbana emitida en favor de Inmobiliaria Almonte S.A.C. (RUC 20298081556) respecto al predio sub lote 4 - Lurín (ref. cruce de la Av. Industrial con Prolongación Pachacutec). Especialmente la referida al Planeamiento Industrial/Integral” [sic].
Con fecha 2 de setiembre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó el recurso de apelación ante esta instancia.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003529-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 4 de setiembre de 20241, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
Con el OFICIO N° 415-2024-OGACM/MDL de fecha 6 de noviembre de 2024, la entidad remite el expediente administrativo y presenta sus descargos señalando que mediante Carta N° 406-2024-TRANSPARENCIA-OGACM/MDL, notificada por correo electrónico el 31 de octubre de 2024, se trasladó a la recurrente la información solicitada.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala