Resolución N.° 004545-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de noviembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04129-2024-JUS/TTAIP de fecha 24 de setiembre de 2024, interpuesto por JULIO CESAR CABALLERO SOLANO contra la CARTA GA- 251-2024-T, notificada mediante el correo electrónico de fecha 9 de setiembre de 2024, a través de la cual la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRONORTEMEDIO S.A. - HIDRANDINA, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 29 de agosto de 2024.
Con fecha 29 de agosto de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“1) Copia de la Carta GG-364-2019 del Gerente General de HIDRANDINA S.A.
2) Copia del OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE
3) Copia del Acuerdo de Directorio de DISTRILUZ a que se refiere el OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE.
4) Copia de la respuesta dada al FONAFE-por el Gerente General del Grupo Distriluz, al OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE.
5) Copia de todos los documentos en los cuales obren los actuados por el Grupo Distriluz como resultado del OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE.
6) Copia del Oficio, Resolución, Acuerdo a documento del FONAFE que habría aprobado a los representantes del FONAFE-a ser considerados como beneficiarios finales, en atención a la propuesta del Gerente General del Grupo DISTRILUZ, que se efectuó con el Oficio GG-364-2019” [sic].
Con fecha 29 de agosto de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita la siguiente información:
“1) Copia de la Carta GG-364-2019 del Gerente General de HIDRANDINA S.A.
2) Copia del OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE
3) Copia del Acuerdo de Directorio de DISTRILUZ a que se refiere el OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE.
4) Copia de la respuesta dada al FONAFE-por el Gerente General del Grupo Distriluz, al OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE.
5) Copia de todos los documentos en los cuales obren los actuados por el Grupo Distriluz como resultado del OFICIO SIED No. 003-2020/GL/FONAFE.
6) Copia del Oficio, Resolución, Acuerdo a documento del FONAFE que habría aprobado a los representantes del FONAFE-a ser considerados como beneficiarios finales, en atención a la propuesta del Gerente General del Grupo DISTRILUZ, que se efectuó con el Oficio GG-364-2019” [sic].
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala