Resolución N.° 004487-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

8 de noviembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 03913-2024-JUS/TTAIP de fecha 10 de setiembre de 2024, interpuesto por FLOR FABIOLA ZAVALETA PELAEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO con fecha 6 de agosto de 2024, con Expediente E2449651.
Con fecha 6 de agosto de 2024, la recurrente requirió a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“QUE, AL AMPARO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMAICON PUBLICA, SOLICITO:
1° COPIA FEDATEADA DEL MEMORANDO N° 1363-2024-GM/MDC, DERIVADO A PROCURADURÍA PUBLICA.” [sic]
Con fecha 10 de setiembre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 003763-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 19 de setiembre de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos. En atención a ello, mediante el OFICIO N° 080-2024-SGACGD-SG/MDC, ingresado a esta instancia con fecha 22 de octubre de 2024, la entidad únicamente adjuntó la solicitud presentada por la recurrente, sin formular descargo alguno.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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