Resolución N.° 004417-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

4 de noviembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 04008-2024-JUS/TTAIP de fecha 16 de setiembre de 2024, interpuesto por LUZ DAYANA ALARCÓN CÁRDENAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MARINA DE GUERRA DEL PERÚ con fecha 23 de agosto de 2024.
Con fecha 23 de agosto de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó lo siguiente:
“(1) Copia de Carta N° 004-08/GC remitida por el Gerente General de Chancay Port a la Marina el 30 de enero del 2008.
(2) Copia de oficio G.500-0305 de fecha 17 de marzo de 2008, en la que el Comandante General de la Marina, remite un proyecto para modificar la Resolución Suprema N° 694-2005DE/MGP.
(3) Copia de oficio G.500-2009 del 8 de mayo de 2008 del Secretario del Comandante General de la Marina, donde subsana observaciones de la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa.”
Con fecha 16 de setiembre de 2024 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003854-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 25 de setiembre de 20241 se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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