Resolución N.° 005099-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de diciembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 04418-2024-JUS/TTAIP de fecha 14 de octubre de 2024, interpuesto por EYNER BENJAMIN SOLORZANO QUISPICHO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMACANCHI, con fecha 16 de setiembre de 2024.
Con fecha 16 de setiembre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita a través de correo electrónico la siguiente información:
“Solicito informacion completa sobre el presupuesto utilizado para llevar a cabo evento artisitico en fecha 02 de enero del 2024, donde conmemoro el Centésimo Sexagésimo Séptimo Aniversario de. Creación Política del distrito de Pomacanchi” [sic]
Con fecha 14 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 004246-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 23 de octubre de 2024, se admitió a trámite el recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Con fecha 16 de setiembre de 2024, el recurrente requirió a la entidad se le remita a través de correo electrónico la siguiente información:
“Solicito informacion completa sobre el presupuesto utilizado para llevar a cabo evento artisitico en fecha 02 de enero del 2024, donde conmemoro el Centésimo Sexagésimo Séptimo Aniversario de. Creación Política del distrito de Pomacanchi” [sic]
Con fecha 14 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis.
A través de la RESOLUCIÓN N° 004246-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 23 de octubre de 2024, se admitió a trámite el recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de siete (7) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala