Resolución N.° 004976-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

11 de diciembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 04523-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de octubre de 2024, interpuesto por RICARDO DANTE POMA FELIPE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública encauzada a la FUERZA AÉREA DEL PERÚ con el OFICIO N° 000270-2024-DP/SSG-REAINF de fecha 6 de junio de 2024.
De autos se aprecia que la solicitud de acceso a la información pública fue presentada con fecha 6 de junio de 2024 ante el Despacho Presidencial, entidad que con el OFICIO N° 000270-2024-DP/SSG-REAINF, de la misma fecha, encauzó hacia la entidad el referido requerimiento mediante el cual el recurrente solicitó lo siguiente:
“Que habiendo sido dado de Alta de Junta de Sanidad ; Agradeceré a Ud. Sr. Director autorizar por Ley 27806 envió a correo de copia de Resolución Directoral de Alta de Junta de Sanidad por Licencia por enfermedad de NSA.605001, por Acta de Junta de Sanidad N°017 de fecha 17.01.2023” [sic]
Con fecha 23 de octubre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004369-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 30 de octubre de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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