Resolución N.° 001712-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

29 de abril de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 01303-2024-JUS/TTAIP de fecha 22 de marzo de 2024, interpuesto por ARACELY SARAI COAGUILA MACEDO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, de fecha 23 de febrero de 2024, con documentos N°s 6674427 y 6674407.
Con fecha 23 de febrero de 2024, la recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información a su correo electrónico:
Documento N° 6674427 y expediente N° 4185513
“Solicito todos los expedientes completos de conformidades de servicios de asesor legal a los consejeros del Consejo Regional de Arequipa de los meses de noviembre y diciembre señalando el número de Sisgedo respectiva.” (sic)
Documento N° 6674407 y expediente N° 4185502
“Solicito todas las resoluciones de reconocimiento de deuda de los servicios de asesor legal de los consejeros regionales del gobierno regional de Arequipa de los meses noviembre y diciembre del 2023”.
Con fecha 14 de marzo de 2024, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001416-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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