Resolución N.° 001702-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01288-2024-JUS/TTAIP de fecha 21 de marzo de 2024, interpuesto por LUIS ÁNGEL JIMÉNEZ MAMANI contra la respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 14 de marzo de 2024, a través del cual el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES comunicó la prórroga del plazo de atención a la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante Expediente N° S.T.D 110659 de fecha 29 de febrero de 2024.
Con fecha 29 de febrero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) CORREOS DE LA INSTITUCION DEL SEÑOR MINISTRO DEL MTC, DEL MES DE ENERO Y FEBRERO DE 2023”.
Mediante respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 14 de marzo de 2024, la entidad señaló que la información peticionada por el administrado le sería entregada “a más tardar el 15 de abril de 2024”, invocando para tal efecto el literal g) del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
Con fecha 20 de marzo de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al no encontrarse de acuerdo con la prórroga de plazo dispuesta por parte de la entidad.
Con fecha 29 de febrero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) CORREOS DE LA INSTITUCION DEL SEÑOR MINISTRO DEL MTC, DEL MES DE ENERO Y FEBRERO DE 2023”.
Mediante respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 14 de marzo de 2024, la entidad señaló que la información peticionada por el administrado le sería entregada “a más tardar el 15 de abril de 2024”, invocando para tal efecto el literal g) del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.
Con fecha 20 de marzo de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al no encontrarse de acuerdo con la prórroga de plazo dispuesta por parte de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala