Resolución N.° 000263-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

23 de enero de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 04279-2023-JUS/TTAIP de fecha 04 de diciembre de 2023, interpuesto por MARIA FERMINA NIMA TOMASTO contra el Memorándum N° 028-2023- D.CEBA.PRONOEPSA de fecha 01 de diciembre de 2023, mediante el cual, el CEBA PRONOEPSA atendió la solicitud de acceso a la información pública de fecha 25 de noviembre de 2023, con expediente N° 437.
Con fecha 25 de noviembre de 2023, la recurrente requirió se le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“Solicito copia escaneada a colores tamaño REAL DEL CUADERNO del la asistencia de los docentes 2023 del CEBA PRONOEPSA los folios: 09-10-62-78-79-96-120 y 121 – 2023. Acogiéndome a la ley de la transparencia. Documento que solicito sean enviados a mi correo (…) y cuyos cuaderno debe ser escaneado a colores (…)”. (sic)
Mediante Memorándum N° 028-2023- D.CEBA.PRONOEPSA de fecha 01 de diciembre de 2023, la entidad brindó atención a la solicitud de acceso a la información pública de la recurrente, indicando lo siguiente:
“Me dirijo a usted, para remitirle la copia de los folios solicitados, mediante el expediente de consignado en el asunto, del Libro de Asistencia del personal docente. Sin embargo, debo comunicarle que en estos momentos el Scanner esta descompuesto, por lo que le remitimos en copia con las características solicitadas por usted, por lo que le pedimos las disculpas del caso. (…)”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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