Resolución N.° 001676-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

25 de abril de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 00003-2023-PAD-JUS/TTAIP de fecha 12 de marzo de 2024, interpuesto por FREDDY CARLOS AGUI ILDEFONSO contra la Resolución de Coordinación de Personal N° 0010-DREJ-2023 de fecha 7 de noviembre de 2023 y notificada el 10 de noviembre de 2023, mediante la cual la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE JUNÍN - HUANCAYO impuso la sanción de suspensión sin goce de haber por treinta y un días (31) sin goce de haber contra el recurrente, en su calidad de Director General del I.E.S.P.P. “Teodoro Peñaloza” de Chupaca.

Mediante Resolución Directoral Regional de Educación Junín N° 1784-DREJ de fecha 19 de julio de 2023 la entidad dispuso iniciar procedimiento administrativo disciplinario contra el recurrente en su calidad de Director General del I.E.S.P.P. “Teodoro Peñaloza” de Chupaca resolviendo:
“(...)
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra don FREDDY CARLOS AGUI ILDEFONSO, en su condición de Director General del I.ES.P.P. "Teodoro Peñaloza de Chupaca y servidor poseedor de la información requerida, ello porque habría incurrido en presunta infracción de carácter administrativo disciplinario denominado como "No responder las solicitudes de acceso la información pública, el cual se encuentra tipificado en el numeral 11) del artículo 33 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N 072-2003-PCM, con la incorporaciones normativas efectuadas mediante Decreto Supremo N° 019-2017-JUS, así como por los demás fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Improcedencia- PAD- Primera Sala

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