Resolución N.° 005008-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
31 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03777-2024-JUS/TTAIP de fecha 3 de setiembre de 2024, interpuesto por WALTER VELÁSQUEZ CÁCERES, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL con fecha 24 de mayo de 2024.
Con fecha 24 de mayo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Detalles sobre las medidas adoptadas por MTC-Provías Nacional ante la situación descrita en el sector del anexo Chalhuapuquio.
2. Documentación que respalde el acceso adicional habilitado y el impacto ambiental derivado de la circulación vehicular en la zona.
3. Información sobre las acciones planificadas para abordar la problemática de contaminación ambiental y proteger la salud de los estudiantes de la I.E. Víctor Villachica Gambini.
4. La autorización, convenio u otra documentación otorgada o acordada para el cobro de peaje con el anexo de Chalhuapuquio”
Con fecha 3 de setiembre de 2024, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegado su pedido en aplicación el silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 004191-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Con fecha 24 de mayo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Detalles sobre las medidas adoptadas por MTC-Provías Nacional ante la situación descrita en el sector del anexo Chalhuapuquio.
2. Documentación que respalde el acceso adicional habilitado y el impacto ambiental derivado de la circulación vehicular en la zona.
3. Información sobre las acciones planificadas para abordar la problemática de contaminación ambiental y proteger la salud de los estudiantes de la I.E. Víctor Villachica Gambini.
4. La autorización, convenio u otra documentación otorgada o acordada para el cobro de peaje con el anexo de Chalhuapuquio”
Con fecha 3 de setiembre de 2024, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegado su pedido en aplicación el silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 004191-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala