Resolución N.° 004895-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03735-2024-JUS/TTAIP de fecha 29 de agosto de 2024, interpuesto por EMMA MARTHA ORTECHO RAMOS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL con fecha 26 de junio y reiterada el 12 de agosto de 2024.
Con fecha fecha 26 de junio y reiterada el 12 de agosto de 2024, la recurrente solicitó a la entidad la entrega en copia simple de siguiente información:
“Expediente N° 7406-24 con anexos, lo actuado todo lo que esté en el expediente del Sr. Richard Dick Luque Luque de la Junta Vecinal Parque Garcilazo de la Vega”. (sic)
El 29 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004063-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha fecha 26 de junio y reiterada el 12 de agosto de 2024, la recurrente solicitó a la entidad la entrega en copia simple de siguiente información:
“Expediente N° 7406-24 con anexos, lo actuado todo lo que esté en el expediente del Sr. Richard Dick Luque Luque de la Junta Vecinal Parque Garcilazo de la Vega”. (sic)
El 29 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004063-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala