Resolución N.° 004807-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

18 de octubre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 04018-2024-JUS/TTAIP de fecha 17 de setiembre de 2024, interpuesto por MARA LISSETI GONZALES FERNANDEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a ESSALUD – RED PRESTACIONAL LAMBAYEQUE con fecha 23 de agosto de 2024, con Expediente N° 1298-2024-10625.
Con fecha 23 de agosto de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se remita la siguiente información:
“Copia certificada del correo electrónico institucional emitido y dirigido por su persona como Jefe de la oficina de Tesorería y Contabilidad el 31.07.2024, a los siguientes funcionarios Carmen Salomón Huamanchumo Jefe de la Oficina de Ejecutoria Coactiva; Álvaro Guillen Reymundo Jefe de la Unidad de Adquisiciones; Erika López Cajas Jefe de la Oficina de Administración, la misma que dio lugar a la decisión de prescindir de la Orden de Compra N° 4504783456, de fecha 26.06.2024, por la presunta inasistencia de la recurrente y es citada en la Carta N° 139-UA-OAPCP-OADM-GRPL-ESSALUD-2024 de fecha 31.07.2024, emitida por Álvaro Guillen Reymundo Jefe de la Unidad de Adquisiciones (…)”.
El 17 de setiembre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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