Resolución N.° 004933-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
28 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03843-2024-JUS/TTAIP de fecha 4 de setiembre de 2024, interpuesto por BILLY BRYAN GUERRA YARLEQUE, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASA GRANDE con fecha 3 de julio de 2024, con registro de expediente N° 3520-2024.
Con fecha 3 de julio de 2024, el recurrente requirió a la entidad le remita la siguiente información:
“SOLICITO LOS COMPROBANTES DES PAGO (FACTURA, CHEQUE, TRANSFERENCIA Y/O OTROS) que se hubiesen generado por concepto de pago efectuado por el servicio de instalación del ARBOL NAVIDEÑO, en el mes de diciembre - 2023, en la plaza la plaza de armas del distrito de Casa Grande.” (sic)
Con fecha 4 de setiembre de 2024, el recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004198-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió en a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 3 de julio de 2024, el recurrente requirió a la entidad le remita la siguiente información:
“SOLICITO LOS COMPROBANTES DES PAGO (FACTURA, CHEQUE, TRANSFERENCIA Y/O OTROS) que se hubiesen generado por concepto de pago efectuado por el servicio de instalación del ARBOL NAVIDEÑO, en el mes de diciembre - 2023, en la plaza la plaza de armas del distrito de Casa Grande.” (sic)
Con fecha 4 de setiembre de 2024, el recurrente interpone el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004198-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió en a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala