Resolución N.° 004800-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
17 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03867-2024-JUS/TTAIP de fecha 6 de setiembre de 2024, interpuesto por SUSANA ELIDIA RIOS RODRIGUEZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la POLICIA NACIONAL DEL PERÚ con fecha 19 de julio de 2024.
Con fecha 19 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“QUE DE CONFORMIDAD A LOS DISPOSITIVOS LEGALES SOLICITO A USTED, EL OTORGAMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE SUSPENSIÓN DE PENSIÓN DE VIUDES DE MI FALLECIDA MADRE BERTHA LIVIA RODRIGUEZ VIUDA DE RIOS IDENTIFICADA CON DNI 17532292 A MI CORREO ELECTRÓNICO XXXXXX@GMAIL.COM” (sic)
El 6 de setiembre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004137-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 19 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“QUE DE CONFORMIDAD A LOS DISPOSITIVOS LEGALES SOLICITO A USTED, EL OTORGAMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE SUSPENSIÓN DE PENSIÓN DE VIUDES DE MI FALLECIDA MADRE BERTHA LIVIA RODRIGUEZ VIUDA DE RIOS IDENTIFICADA CON DNI 17532292 A MI CORREO ELECTRÓNICO XXXXXX@GMAIL.COM” (sic)
El 6 de setiembre de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004137-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala