Resolución N.° 004749-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

16 de octubre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 03989-2024-JUS/TTAIP, recibido por este Tribunal con fecha 16 de setiembre de 2024, interpuesto por RONALD ÁLEX GAMARRA HERRERA, contra los Oficios N° 0061 CCFFAA/SG/UAIP y N° 0065 CCFFAA/SG/UAIP, de fechas 6 y 10 de setiembre de 2024, respectivamente, mediante los cuales el COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 21 de agosto de 2024.
Con fecha 21 de agosto de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó ante la entidad su solicitud requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“(…)
1. Copia de los decretos supremos N° 12-CCFA, N° 13-CCFA, N° 14-CCFA, N° 16-CCFA, N° 17-CCFA, N° 18-CCFA, N° 19-CCFA, N° 20-CCFA, N° 21-CCFA, N° 22-CCFA, N° 24-CCFA, N° 26-CCFA, N° 27-CCFA, N° 28-CCFA, N° 29-CCFA y N° 30-CCFA (expedidos entre 1963 y 1966).
2. El Plan Militar General y sus anexos para la defensa del continente americano contra una agresión del bloque comunista (aprobado por el Decreto Supremo N° 15-CCFA, de 19 de noviembre de 1963)
3. El Plan de Acción Particular del Perú relacionado con aspectos específicos de la Defensa Colectiva del Continente (preparado y ejecutado por el Comando Conjunto de la Fuerza Armada, a tenor del artículo 2 del Decreto Supremo N° 15-CCFA, de 19 de noviembre de 1963).
4. Documentación sobre las maniobras combinadas y conjuntas, designadas como “Operación Ayacucho”, realizadas en el Perú en diciembre de 1964, por la Fuerza Armada, con la participación de miembros de las Fuerzas Armadas de otros países del Continente.
5. Relación de personas a las cuales el Comando Conjunto de la Fuerza Armada otorgó la “Medalla conmemorativa de la Operación Ayacucho”, con ocasión de la clausura de dicha operación.
6. El Reglamento Operativo de la 48 CGC (48 Comandancia de la Guardia Civil), que fuera estudiado y coordinado por el Comando Conjunto de la Fuerza Armada, según el artículo 2 del Decreto Supremo N° 26-CCFA, de 7 de enero de 1966. (…)”


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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