Resolución N.° 004641-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
10 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03528-2024-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 15 de agosto de 2024, interpuesto por IVETH STEFANY ALFARO FLORES contra el Memorando N° 1360-2024-MTC/27 de fecha 7 de agosto de 2024, mediante el cual el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 2 de agosto de 2024.
Con fecha 2 de agosto de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) EL “OFICIO 415-2024-MTC.27” DEL 05 MARZO DE 2024 (E012402165) ACTA N° 1-2024-MTC-CPIP-C REMITE A PROINVERSIÓN LOS INFORMES DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS “BANDA DE FRECUENCIAS 3.5 GHZ (3,3000- 3,400 MHZ Y 3,600 – 3,800 MHZ)” Y “BANDA DE FRECUENCIAS 26 GHZ (25.9 – 26.7 GHZ)” “OFICIO N° 1-2024/PROINVERSIÓN/DEP.88” ASÍ COMO TODOS SUS RESPECTIVOS ANEXOS” [sic]
Mediante Memorando N° 1360-2024-MTC/27 de fecha 7 de agosto de 2024, que adjunta el Memorando N° 0135-2024-MTC/27.01, la entidad brindó respuesta a la solicitud de la recurrente, denegando su entrega por ser de carácter confidencial, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362 y el “numeral 1 del artículo 17 de la Ley de Transparencia”.
Con fecha 2 de agosto de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) EL “OFICIO 415-2024-MTC.27” DEL 05 MARZO DE 2024 (E012402165) ACTA N° 1-2024-MTC-CPIP-C REMITE A PROINVERSIÓN LOS INFORMES DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS “BANDA DE FRECUENCIAS 3.5 GHZ (3,3000- 3,400 MHZ Y 3,600 – 3,800 MHZ)” Y “BANDA DE FRECUENCIAS 26 GHZ (25.9 – 26.7 GHZ)” “OFICIO N° 1-2024/PROINVERSIÓN/DEP.88” ASÍ COMO TODOS SUS RESPECTIVOS ANEXOS” [sic]
Mediante Memorando N° 1360-2024-MTC/27 de fecha 7 de agosto de 2024, que adjunta el Memorando N° 0135-2024-MTC/27.01, la entidad brindó respuesta a la solicitud de la recurrente, denegando su entrega por ser de carácter confidencial, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362 y el “numeral 1 del artículo 17 de la Ley de Transparencia”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala