Resolución N.° 004629-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
10 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N.º 03547-2024-JUS/TTAIP de fecha 16 de agosto de 2024, interpuesto por FLOR FABIOLA ZAVALETA PELAEZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO con fecha 16 de julio de 2024, con número de expediente E2445239.
Con fecha 16 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“COPIA FEDATEADA DEL OFICIO N° 485-2024-OCI-CGR/MDC, DE FECHA 03 DE JULIO DE 2024 DERIVADO A LA SUBGERENCIA DE TESORERÍA.” (sic)
El 16 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante RESOLUCIÓN Nº 003934-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 16 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“COPIA FEDATEADA DEL OFICIO N° 485-2024-OCI-CGR/MDC, DE FECHA 03 DE JULIO DE 2024 DERIVADO A LA SUBGERENCIA DE TESORERÍA.” (sic)
El 16 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante RESOLUCIÓN Nº 003934-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala