Resolución N.° 004227-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

13 de setiembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03252-2024-JUS/TTAIP de fecha 24 de julio de 2024, interpuesto por MARIAN FIGUEROA ARELLANO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE con fecha 3 de julio de 2024.

Con fecha 3 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la entrega vía correo electrónico de la siguiente información:

“Solicito la información detallada de todos los laudos que la entidad (MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE) está pendiente por pagar o cancelar, incluyendo los montos que se adeuda a cada uno (dichos laudos tienen que ser referidos a ejecución y consultorías de obras)”. (sic)
El 24 de julio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, solicitando a este Tribunal que declare fundado su recurso de apelación y ordene a la entidad la entrega de la información solicitada.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003607-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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