Resolución N.° 003045-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
28 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02432-2024-JUS/TTAIP de fecha 3 de junio de 2024, interpuesto por el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES PENITENCIARIOS DEL PERÚ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO con fecha 23 de abril de 2024.
Con fecha 23 de abril de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1. Copia autenticada del cuaderno de actas de los acuerdos adoptados hasta la actualidad, incluyendo los acuerdos sostenidos el día viernes 19 de abril del 2024 por el COMITÉ DEL CAFAE, incluyendo desde que asumieron los cargos los representantes de los trabajadores en agosto del 2023 así como la documentación sustentatoria de dichos acuerdos en especial aquellos tomados en beneficio de un solo régimen laboral.
2. informe económico del estado situacional del CAFAE al momento de asumir el cargo los actuales representantes de trabajadores del cafae, así como las medidas correctivas que se hayan tomado en base a las condiciones en las que se le haya encontrado.
3. Informe económico actual del CAFAE y los acuerdos tomados sobre los beneficios concernientes a los regímenes laborales existente en el INPE que no sean de la ley 276, (ley 29709, 1057, personal de salud)”.
Con fecha 23 de abril de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“1. Copia autenticada del cuaderno de actas de los acuerdos adoptados hasta la actualidad, incluyendo los acuerdos sostenidos el día viernes 19 de abril del 2024 por el COMITÉ DEL CAFAE, incluyendo desde que asumieron los cargos los representantes de los trabajadores en agosto del 2023 así como la documentación sustentatoria de dichos acuerdos en especial aquellos tomados en beneficio de un solo régimen laboral.
2. informe económico del estado situacional del CAFAE al momento de asumir el cargo los actuales representantes de trabajadores del cafae, así como las medidas correctivas que se hayan tomado en base a las condiciones en las que se le haya encontrado.
3. Informe económico actual del CAFAE y los acuerdos tomados sobre los beneficios concernientes a los regímenes laborales existente en el INPE que no sean de la ley 276, (ley 29709, 1057, personal de salud)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala