Resolución N.° 004734-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03377-2024-JUS/TTAIP recepcionado con fecha 05 de agosto de 2024, interpuesto por PAOLO SALVATORE COFFERATI ROMÁN contra la Carta N° D000396-2024-MIDIS/PNAEQW-UA de fecha 11 de julio del 2024, mediante la cual el PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACION ESCOLAR QALI WARMA denegó la información requerida a través de la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 30 de junio de 2024, con código de registro 0234-2024-AIV.
Con fecha 30 de junio de 2024, con código de registro 0234-2024-AIV, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico, la siguiente información:
“(…) Teniendo en consideración que la Ley N° 29792 Ley de creación organización y funciones del MIDIS establece en su tercera disposición complementaria transitoria que el régimen de personal del MIDIS se sujetará al régimen laboral de la administración pública regulado por el D. Leg. 276 y demás normas y siendo que el PNAEQW es un Programa Social adscrito al MIDIS solicito se informe lo siguiente Cuál es el régimen laboral del PNAEQW Indicar la norma o documento que lo sustenta.” (Sic).
La entidad brindó respuesta al requerimiento inicialmente mediante correo electrónico de fecha 08 de julio de 2024 en el que se indica lo siguiente:
“Buenas tardes estimado señor PAOLO SALVATORE COFFERATI ROMAN, gracias por comunicarse con el PNAEQW, en atención a solicitud, se brinda la información remitida por la Unidad de Recursos Humanos, órgano poseedor de la información, según lo precisado en el correo precedente.
Con fecha 30 de junio de 2024, con código de registro 0234-2024-AIV, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico, la siguiente información:
“(…) Teniendo en consideración que la Ley N° 29792 Ley de creación organización y funciones del MIDIS establece en su tercera disposición complementaria transitoria que el régimen de personal del MIDIS se sujetará al régimen laboral de la administración pública regulado por el D. Leg. 276 y demás normas y siendo que el PNAEQW es un Programa Social adscrito al MIDIS solicito se informe lo siguiente Cuál es el régimen laboral del PNAEQW Indicar la norma o documento que lo sustenta.” (Sic).
La entidad brindó respuesta al requerimiento inicialmente mediante correo electrónico de fecha 08 de julio de 2024 en el que se indica lo siguiente:
“Buenas tardes estimado señor PAOLO SALVATORE COFFERATI ROMAN, gracias por comunicarse con el PNAEQW, en atención a solicitud, se brinda la información remitida por la Unidad de Recursos Humanos, órgano poseedor de la información, según lo precisado en el correo precedente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala