Resolución N.° 004596-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
4 de octubre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03173-2024-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 18 de julio de 2024, interpuesto por JUAN CARLOS ANTUNEZ CARRILLO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL HUARMEY con fecha 2 de julio de 2024.
Con fecha 2 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) copias fedateadas de todas las actas, informes, memorándum, oficios, cartas, resoluciones, pliego de cargo y descargos y demás actuaciones procesales emitidos o recepcionados por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) de la UGEL Huarmey en cumplimiento de sus funciones en la queja por defecto de tramitación presentada con Expediente N° 55-UGEL Huarmey del 03 de enero del 2024”.
Con fecha 18 de julio de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 003533-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no fueron presentados dentro del plazo otorgado, incluido el término de la distancia de ley.
Con fecha 2 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) copias fedateadas de todas las actas, informes, memorándum, oficios, cartas, resoluciones, pliego de cargo y descargos y demás actuaciones procesales emitidos o recepcionados por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) de la UGEL Huarmey en cumplimiento de sus funciones en la queja por defecto de tramitación presentada con Expediente N° 55-UGEL Huarmey del 03 de enero del 2024”.
Con fecha 18 de julio de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 003533-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no fueron presentados dentro del plazo otorgado, incluido el término de la distancia de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala