Resolución N.° 004432-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03300-2024-JUS/TTAIP de fecha 30 de julio de 2024, interpuesto por WILFREDO JULIAN PENADILLO SALDAÑA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTA con fecha 29 de mayo de 2024.
Con fecha 29 de mayo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“Mediante la presente le saludo cordialmente y hago mi solicitud de la información, según Gastos por Navidad del 2023 de los siguientes documentos:
➢Requerimiento por la unidad o área que formula.
➢Orden de compra.
➢Factura del proveedor
➢Cancelación o medio de pago de tesorería ya sea por transferencia o cheque.” (sic)
El 25 de junio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis; con fecha 30 de julio de 2024, el recurrente comunicó a esta instancia la interposición del referido recurso impugnatorio ante la entidad.
Con fecha 29 de mayo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“Mediante la presente le saludo cordialmente y hago mi solicitud de la información, según Gastos por Navidad del 2023 de los siguientes documentos:
➢Requerimiento por la unidad o área que formula.
➢Orden de compra.
➢Factura del proveedor
➢Cancelación o medio de pago de tesorería ya sea por transferencia o cheque.” (sic)
El 25 de junio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis; con fecha 30 de julio de 2024, el recurrente comunicó a esta instancia la interposición del referido recurso impugnatorio ante la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala