Resolución N.° 004423-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03277-2024-JUS/TTAIP recepcionado por este Tribunal con fecha 25 de julio de 2024, interpuesto por AIROPAJITO BLAS ROJAS PACHECO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO VIAL PROVINCIAL MUNICIPAL DANIEL CARRION con fecha 3 de julio de 2024.
Con fecha 3 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) se me haga entrega mediante CORREO ELECTRONICO de los siguientes DOCUMENTOS emitidos durante todo el año 2021 y el año 2022:
1. Contrato o contratos suscritos con el ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO identificado con DNI N° 07247301 y con RUC N° 10072473014.
2. Ordenes de Servicios emitidas al ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO.
3. Boleta de Remuneración emitidas al ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO.
4. Transferencias bancarias a favor del ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO”.
Con fecha 25 de julio de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 3 de julio de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) se me haga entrega mediante CORREO ELECTRONICO de los siguientes DOCUMENTOS emitidos durante todo el año 2021 y el año 2022:
1. Contrato o contratos suscritos con el ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO identificado con DNI N° 07247301 y con RUC N° 10072473014.
2. Ordenes de Servicios emitidas al ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO.
3. Boleta de Remuneración emitidas al ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO.
4. Transferencias bancarias a favor del ciudadano MEQUIAS JUEL QUINTANA YLANZO”.
Con fecha 25 de julio de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala