Resolución N.° 004403-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
23 de setiembre de 2024
VISTO: El Expediente de Apelación N° 03312-2024-JUS/TTAIP de fecha 30 de julio de 2024, interpuesto por SEGUNDO RICARDO REQUELME HUAMÁN, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ENCAÑADA, con fecha 30 de enero de 2024.
Con fecha 30 de enero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la información siguiente:
“1. Informe documentado sobre el estado situacional del arbitraje entre la empresa Consorcio La Encañada y su representada sobre la ejecución de la obra “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la carretera C.P. Otuzco – C.P. Combayo, provincia de Cajamarca, Cajamarca”, precisando las materias en controversia y las pretensiones de las partes correspondientes.
2. Informe documentado sobre las medidas adoptadas por su representada sobre la paralización de la obra “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la carretera C.P. Otuzco – C.P. Combayo, provincia de Cajamarca, Cajamarca”
3. Copia autentificada de la Carta N° 008-2022-CE, de fecha 11 de enero de 2022, presentada por la empresa Consorcio La Encañada, así como los anexos y actuados correspondientes.
4. Copia autentificada de la Resolución de Gerencia Municipal N° 003-2022-MDLE/GM, incluyendo el cargo de recepción, anexos y actuados correspondientes.
5. Copia autentificada de la Resolución de Alcaldía N° 40-2023-MDLE/A, incluyendo anexos y actuados correspondientes.”
Con fecha 30 de julio de 2024, el recurrente interpone ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 30 de enero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la información siguiente:
“1. Informe documentado sobre el estado situacional del arbitraje entre la empresa Consorcio La Encañada y su representada sobre la ejecución de la obra “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la carretera C.P. Otuzco – C.P. Combayo, provincia de Cajamarca, Cajamarca”, precisando las materias en controversia y las pretensiones de las partes correspondientes.
2. Informe documentado sobre las medidas adoptadas por su representada sobre la paralización de la obra “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la carretera C.P. Otuzco – C.P. Combayo, provincia de Cajamarca, Cajamarca”
3. Copia autentificada de la Carta N° 008-2022-CE, de fecha 11 de enero de 2022, presentada por la empresa Consorcio La Encañada, así como los anexos y actuados correspondientes.
4. Copia autentificada de la Resolución de Gerencia Municipal N° 003-2022-MDLE/GM, incluyendo el cargo de recepción, anexos y actuados correspondientes.
5. Copia autentificada de la Resolución de Alcaldía N° 40-2023-MDLE/A, incluyendo anexos y actuados correspondientes.”
Con fecha 30 de julio de 2024, el recurrente interpone ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala