Resolución N.° 002968-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
15 de julio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 02344-2024-JUS/TTAIP de fecha 29 de mayo de 2024, interpuesto por WILFREDO JULIAN PENADILLO SALDAÑA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTA - REGIÓN SAN MARTÍN, con fecha 5 de abril de 2024.
Con fecha 5 de abril de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…)
Hago mi solicitud de la información detallada del año 2023 enero a diciembre de ingresos de FONCOMUN mas INCENTIVO y RESOLUCIÓN DE APOYO SOCIAL de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTA de los gastos que se hicieron de enero a diciembre del año 2023 detallado con comprobantes de pago
emitidos por los proveedores mas órdenes de pago y a la fecha que establece el plazo máximo para la entrega de la información esto amerita a una revisión contable. (…)” [sic]
Con fecha 29 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002659-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 27 de junio de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 5 de abril de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…)
Hago mi solicitud de la información detallada del año 2023 enero a diciembre de ingresos de FONCOMUN mas INCENTIVO y RESOLUCIÓN DE APOYO SOCIAL de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTA de los gastos que se hicieron de enero a diciembre del año 2023 detallado con comprobantes de pago
emitidos por los proveedores mas órdenes de pago y a la fecha que establece el plazo máximo para la entrega de la información esto amerita a una revisión contable. (…)” [sic]
Con fecha 29 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002659-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 27 de junio de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala