Resolución N.° 002908-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

11 de julio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02227-2024-JUS/TTAIP de fecha 22 de mayo de 2024, interpuesto por HAN ANGEL VEGA MIRANDA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL 09 - HUAURA, con fecha 6 de mayo de 2024.
Con fecha 6 de mayo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la remisión por correo electrónico de la siguiente información:
“UNA COPIA DEL EXPEDIENTE N° 3187248 DE FECHA 25 DE MARZO DEL 2024, SOBRE DISCRIMINACIÓN EN EL PROCESO DE MATRÍCULA DE ESTUDIANTE CON DISCAPACIDAD, LOS CUALES OBRAN EN PODER DE LA ENTIDAD QUE DIRIGE.” [sic]
Con fecha 22 de mayo de 2024, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002340-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 13 de junio de 2024, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos, sin que a la fecha de la
emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 002908-2024-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

Resolución N° 002908-2024-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

PDF
506 KB