Resolución N.° 004007-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
24 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 0104-2023-JUS/TTAIP de fecha 9 de agosto de 2024, interpuesto por VÍCTOR HUGO SEGOVIA TORRES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - SUSALUD con fecha 15 de julio de 2024.
Con fecha 15 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“1) Copia simple de los documentos que evidencien las acciones de salud adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud del Perú respecto al paciente Alan Muhammad Kurshed, nacional de Bangladesh (Pasaporte N° X ), de acuerdo a la comunicación que para esos efectos se le hizo llegar mediante copia de la Carta N° 050-2019-VHST de 27 de agosto de 2019 cuya copia se acompaña.
2) Copia simple de los documentos que evidencien las acciones de salud adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud del Perú respecto al paciente Alan Muhammad Kurshed, nacional de Bangladesh (Pasaporte N° X ), de acuerdo a la comunicación que para esos efectos se le hizo llegar mediante Carta N° 064- 2023-PE/VHST de 18 de agosto de 2023, cuya copia se acompaña.
3) Se me informe el estado de salud y de sobrevivencia del paciente Alan Muhammad Kurshed, nacional de Bangladesh (Pasaporte N° X ), según las acciones de salud adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud del Perú de acuerdo a las comunicaciones antes indicadas, siendo el Estado Peruano
responsable de dicha persona.” (sic)
Con fecha 15 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“1) Copia simple de los documentos que evidencien las acciones de salud adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud del Perú respecto al paciente Alan Muhammad Kurshed, nacional de Bangladesh (Pasaporte N° X ), de acuerdo a la comunicación que para esos efectos se le hizo llegar mediante copia de la Carta N° 050-2019-VHST de 27 de agosto de 2019 cuya copia se acompaña.
2) Copia simple de los documentos que evidencien las acciones de salud adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud del Perú respecto al paciente Alan Muhammad Kurshed, nacional de Bangladesh (Pasaporte N° X ), de acuerdo a la comunicación que para esos efectos se le hizo llegar mediante Carta N° 064- 2023-PE/VHST de 18 de agosto de 2023, cuya copia se acompaña.
3) Se me informe el estado de salud y de sobrevivencia del paciente Alan Muhammad Kurshed, nacional de Bangladesh (Pasaporte N° X ), según las acciones de salud adoptadas por la Superintendencia Nacional de Salud del Perú de acuerdo a las comunicaciones antes indicadas, siendo el Estado Peruano
responsable de dicha persona.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala