Resolución N.° 002460-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 02216-2024-JUS/TTAIP de fecha 21 de mayo de 2024, interpuesto por JUAN ALEJANDRO VILCHEZ CHAPARRO contra el correo electrónico de fecha 13 de mayo de 2024, mediante el cual la BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ denegó la solicitud de acceso a la información de fecha 2 de mayo de 2024, con expediente N° 240005529
Con fecha 02 de mayo de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información en copia fedateada:
“SOLICITO EXPEDIENTE PAD COMPLETO SEÑALADO EXISTE POR CARTA N° 0007-2024-BNP-GG.OA.STPAD, CON TODOS SUS ANEXOS Y DILIGENCIAS E INVESTIGACIONES PARA LLEGAR A LA CONCLUSIÓN: SE DISPUSO SU ARCHIVO
El mismo que inicie presentando el reclamo y fue derivado a denuncia PAD”.
Mediante correo electrónico de fecha 13 de mayo de 2024, la entidad denegó la solicitud del recurrente, informando lo siguiente:
“(…)
1- El señor JUAN ALEJANDRO VILCHEZ CHAPARRO, presentó un reclamo el 18 de enero de 2024, y esta fue deriva a la STPAD, (fecha en la cual, la suscrita estaba de vacaciones).
2- Mediante el Informe N° 000041-2024-BNP-GG-OA-STPAD de fecha 18 de marzo de 2024, la STPAD declaró no ha lugar la denuncia y se dispuso su archivo.
3- Con Carta N° 000007-2024-BNP-GG-OA-STPAD de fecha 25 de abril de 2024, la STPAD le comunicó al señor JUAN ALEJANDRO VILCHEZ CHAPARRO, la disposición de archivo.
Con fecha 02 de mayo de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información en copia fedateada:
“SOLICITO EXPEDIENTE PAD COMPLETO SEÑALADO EXISTE POR CARTA N° 0007-2024-BNP-GG.OA.STPAD, CON TODOS SUS ANEXOS Y DILIGENCIAS E INVESTIGACIONES PARA LLEGAR A LA CONCLUSIÓN: SE DISPUSO SU ARCHIVO
El mismo que inicie presentando el reclamo y fue derivado a denuncia PAD”.
Mediante correo electrónico de fecha 13 de mayo de 2024, la entidad denegó la solicitud del recurrente, informando lo siguiente:
“(…)
1- El señor JUAN ALEJANDRO VILCHEZ CHAPARRO, presentó un reclamo el 18 de enero de 2024, y esta fue deriva a la STPAD, (fecha en la cual, la suscrita estaba de vacaciones).
2- Mediante el Informe N° 000041-2024-BNP-GG-OA-STPAD de fecha 18 de marzo de 2024, la STPAD declaró no ha lugar la denuncia y se dispuso su archivo.
3- Con Carta N° 000007-2024-BNP-GG-OA-STPAD de fecha 25 de abril de 2024, la STPAD le comunicó al señor JUAN ALEJANDRO VILCHEZ CHAPARRO, la disposición de archivo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala