Resolución N.° 002313-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
11 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01800-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de abril de 2024, interpuesto por JUAN JULIO CARPIO MITA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA JOYA presentada mediante Registro N° 4672 de fecha 19 de marzo de 2024.
Con fecha 19 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“COPIA ESCANEADA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO “CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DEL ASENTAMIENTO HUMANO PRIMAVERAL, DISTRITO DE LA JOYA DE LA PROVINCIA DE AREQUIPA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA” APROBADO CON RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL N° 376-2023-GDUR-MDLJ”.
Con fecha 23 de abril de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001974-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, sin haber presentado a la fecha documentación alguna.
Con fecha 19 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que se le remita por correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“COPIA ESCANEADA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO “CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DEL ASENTAMIENTO HUMANO PRIMAVERAL, DISTRITO DE LA JOYA DE LA PROVINCIA DE AREQUIPA DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA” APROBADO CON RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL N° 376-2023-GDUR-MDLJ”.
Con fecha 23 de abril de 2024 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001974-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, sin haber presentado a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala