Resolución N.° 002250-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
6 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01768-2024-JUS/TTAIP de fecha 19 de abril de 2024, interpuesto por JOSÉ ANTONIO YESQUEN TAPIA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES con fecha 8 de marzo de 2024, registrado con Expediente N° S.T.D 126162.
Con fecha 8 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Copias del cuaderno de ocurrencias desde el mes de noviembre 2017 a la fecha del edificio circular (Procuraduría Publica)”.
Con fecha 19 de abril de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo e interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 02015-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos1, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 8 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Copias del cuaderno de ocurrencias desde el mes de noviembre 2017 a la fecha del edificio circular (Procuraduría Publica)”.
Con fecha 19 de abril de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo e interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 02015-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos1, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala