Resolución N.° 002201-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

5 de junio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 02122-2024-JUS/TTAIP de fecha 15 de mayo de 2024, interpuesto por BRUNO GRILLO ESCOBEDO contra la Carta N° 000093-2024- DMO-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 3 de mayo de 2024, mediante el cual el MINISTERIO DE CULTURA atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 8 de marzo de 2024 registrada con Expediente N° 0030843-2024.
Con fecha 8 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Expediente que respalde el oficio N° 000023-2024-DMO-DGPAVMPCIC/MC con asunto “solicitud de autorización para uso temporal de espacio en monumento arqueológico prehispánico” Dicho oficio hace mención que se presentó una solicitud por parte de Diego Uceda, Alcalde la Municipalidad de la
Molina, se Solicita:
1. Expedientes de evaluación, supervisión o constatación que avalan la autorización del uso temporal del espacio arqueológico patrimonial huaca melgarejo y su entorno.
2.-solicitudes enviadas por funcionarios de la municipalidad de la Molina desde 01 noviembre 2023 a la fecha actual”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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