Resolución N.° 002887-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

10 de julio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 02522-2024-JUS/TTAIP de fecha 11 de junio de 2024, interpuesto por MARCO ANTONIO VICUÑA VELAZCO y EDUARDO RICARDO CONTRERAS ALMONACID contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD – JUNIN con fecha 19 de marzo de 2024, registrado con Documento 007682350 – Expediente 05287799.

Con fecha 19 de marzo de 2024, los recurrentes solicitaron a la entidad – en virtud a la Carpeta Fiscal N° 2105-2023 - la siguiente información sobre el Dr. Luis Fernando Correa Tineo:
“1. Copia de solicitud de defensa o asesoría
2. Copia del compromiso de reembolso.
3. Copia de propuesta de defensa o asesoría.
4. copia de compromiso de devolución”.
Con fecha 11 de junio de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, los recurrentes consideraron denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo e interpuso el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002411-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite en parte el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos1, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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