Resolución N.° 002557-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

24 de junio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 01799-2024-JUS/TTAIP de fecha 22 de abril de 2024, interpuesto por MACODI E.I.R.L., representada por Juan Julio Carpio Mita en calidad de Gerente General, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA JOYA con fecha 19 de marzo de 2024.
Con fecha 19 de marzo de 2024, la recurrente solicitó la remisión por correo electrónico de la siguiente información:
“1.-COPIA ESCANEADA COMPLETA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL DEL ASENTAMIENTO HUMANO LA FLORIDA, DISTRITO DE LA JOYA - AREQUIPA - AREQUIPA II ETAPA” APROBADO CON RESOLUCION DE GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL N° 355-2023-GDUR-MDLJ.” (sic)
Con fecha 22 de abril de 2024, la recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002054-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 24 de mayo de 20242, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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