Resolución N.° 004402-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

23 de setiembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03646-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de agosto de 2024, interpuesto por WILDER RICARDO RAMIREZ BARRANZUELA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al GOBIERNO REGIONAL DE PIURA – DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD con fecha 24 de julio de 2024, con Expediente N° 17161.
Con fecha 24 de julio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita por correo electrónico la siguiente información:
➢“Copia del contrato primigenio del concurso CAS N° 04-2021 para el establecimiento de salud Victor Raul Haya de la Torre
➢Copia de las bases y resultados del concurso CAS N° 04-2021
➢Copia de las boletas de pago de cada mes del año 2021 al 2023
➢Constancia de trabajo”.
El 23 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, requiriendo a esta instancia que ordene la entrega de la información requerida y que sancione a los servidores públicos involucrados en la omisión de respuesta a su pedido.


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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