Resolución N.° 003785-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
16 de agosto de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 03099-2024-JUS/TTAIP de fecha 15 de julio de 2024, interpuesto por el SINDICATO DE OBREROS MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO, representado por Julio Cesar Roldan Ramos en su condición de secretario general, contra la CARTA N° 130-2024-LTAIP-MDCLR, que contiene el Informe N° 478-2024-SGRH-GAF/MDCLR, notificada con fecha 2 de julio de 2024, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 25 de abril de 2024.
Con fecha 25 de abril de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“Solicito el registro de los asistentes a las capacitaciones convocadas a través de CARTA N° 0043-2024-SGRH-GAF/MDCLR dirigidas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL y si se cumplió con los horarios establecidos y programados en dicha carta, indicando los horarios en que fueron realizadas dichas capacitaciones.” (sic)
Con fecha 25 de abril de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“Solicito el registro de los asistentes a las capacitaciones convocadas a través de CARTA N° 0043-2024-SGRH-GAF/MDCLR dirigidas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL y si se cumplió con los horarios establecidos y programados en dicha carta, indicando los horarios en que fueron realizadas dichas capacitaciones.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala