Resolución N.° 004345-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
19 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03700-2024-JUS/TTAIP de fecha 28 de agosto de 2024, interpuesto por CESAR CARLOS GONZALES LEIVA1 contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS 2 con fecha 5 de agosto de 2024, con Exp. N° 37457-24.
Con fecha 5 de agosto de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información
pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione copia certificada de la siguiente información:
“(…)
1. Resolución Municipal N° 1259-89-A/MC, de fecha 13-noviembre-1989.
2. Convenio colectivo de trabajo – Acta final, suscrito en fecha 15-setiembre-1989, aprobado con la Resolución Municipal N° 1259-89-A/MC, de fecha 13 de noviembre de 1989” (sic)
El 28 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 003974-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 5 de agosto de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información
pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione copia certificada de la siguiente información:
“(…)
1. Resolución Municipal N° 1259-89-A/MC, de fecha 13-noviembre-1989.
2. Convenio colectivo de trabajo – Acta final, suscrito en fecha 15-setiembre-1989, aprobado con la Resolución Municipal N° 1259-89-A/MC, de fecha 13 de noviembre de 1989” (sic)
El 28 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 003974-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala