Resolución N.° 004163-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

10 de setiembre de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 03284-2024-JUS/TTAIP recibido por este Tribunal con fecha 30 de julio de 2024, interpuesto por FERNANDO RIVERA BACA, contra el Oficio N° 1354/I-5.b.1/25.00 de fecha 18 de julio del 2024 que atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el EJÉRCITO DEL PERÚ con fecha 3 de julio de 2024.

Con fecha 17 de julio del 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó su solicitud de acceso a la información pública ante la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, solicitando lo siguiente:
“(...) solicito se me entregue la siguiente documentación de conformidad al principio de Meritocracia y a la Ley 27806 Ley de Transparencia y acceso a la información pública:
a) Copia del Acta de Instalación del Consejo Académico para nombrar y contratar docentes de la Escuela de Oficiales de la PNP 2024 II, para el Primer año IV semestre académico Unidad didáctica de Liderazgo I.
b) Copia de la relación de los postulantes a la Unidad didáctica Liderazgo I.
c) Copias del Anexo 10 del Manual de personal docente de la ENFPP PNP, donde se pueda apreciar el resultado de la evaluación de la Hoja de vida de todos los docentes que se presentaron como postulantes a la unidad didáctica Liderazgo I.
d) Copias del Anexo 11 del Manual de personal docente de la ENFPP PNP, donde se pueda apreciar el resultado de la evaluación según la Tabla de evaluación de capacidad docente de todos los catedráticos postulantes que se presentaron a la unidad didáctica Liderazgo I.
e) Copias del Anexo 12 del Manual de personal docente de la ENFPP PNP, donde se pueda apreciar el resultado de la evaluación de la evaluación según la tabla de evaluación de entrevista personal de los docentes que se presentaron como postulantes a la unidad didáctica Liderazgo I.
f) Copia de los Curriculum Vitae de los postulantes que han obtenido una vacante en la Unidad didáctica Liderazgo I.
g) Asimismo, informar si se llevó a cabo un filtro (SIDPOL) sobre las denuncias registradas en contra de la ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, a los postulantes a la Unidad Didáctica Liderazgo I y cuál fue el resultado de la misma.
h) Copia del documento mediante el cual se solicitó la presencia de un representante de la IG-PNP en este proceso ya que se trata de recursos asignados por el Estado, así como el nombre del Coronel PNP Jefe del Equipo de Inspecciones, responsable de supervisar y controlar este proceso. (…)” (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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