Resolución N.° 004111-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
6 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03437-2024-JUS/TTAIP de fecha 8 de agosto de 2024, interpuesto por MARCO GUSTAVO ACURIO VALDIVIA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONGRESO DE LA REPÚBLICA con fecha 3 de junio de 2024.
Con fecha 3 de junio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita la siguiente información:
“(…)
2. El área, oficina, despacho, Etc., en que viene prestando sus servicios y/o laborando en el Palacio Legislativo u oficinas del Congreso de la República y las labores que viene realizando, así como a órdenes de quien, doña Cinthia Pamela Pajuelo Chávez, este 2024, si fuera el caso.
3. Que, se me facilite una copia simple del requerimiento, petición, orden y/o documento mediante el cual usted solicitó, dispuso, tramitó y/o requirió los servicios de doña Cinthia Pamela Pajuelo Chávez, este año 2024, si fuera el caso. (…)”
El 8 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 3 de junio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita la siguiente información:
“(…)
2. El área, oficina, despacho, Etc., en que viene prestando sus servicios y/o laborando en el Palacio Legislativo u oficinas del Congreso de la República y las labores que viene realizando, así como a órdenes de quien, doña Cinthia Pamela Pajuelo Chávez, este 2024, si fuera el caso.
3. Que, se me facilite una copia simple del requerimiento, petición, orden y/o documento mediante el cual usted solicitó, dispuso, tramitó y/o requirió los servicios de doña Cinthia Pamela Pajuelo Chávez, este año 2024, si fuera el caso. (…)”
El 8 de agosto de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala