Resolución N.° 002816-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
18 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 01286-2024-JUS/TTAIP de fecha 20 de marzo de 2024, interpuesto por LOCALES AT S.A.C., representada por su apoderado Juan Arturo Huasasquiche Guisazola contra la Carta N° 043-2024-MDJLO/SGPSyS notificada con fecha 1 de marzo de 2024, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, dio atención a su solicitud presentada con fecha 21 de febrero de 2024, con registro de Expediente N° 2530.
Con fecha 21 de febrero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad:
“Remitir copia digital del dispositivo legal que establece la obligación de contar con Autorización Sanitaria y/o Certificado de Salubridad a los establecimientos comerciales que desarrollan el giro de Apuestas Deportivas que no expendan o produzcan alimentos y bebidas, no expendan gaseosas, snacks empaquetados u otros productos industrializados.”.
Con fecha 21 de febrero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad:
“Remitir copia digital del dispositivo legal que establece la obligación de contar con Autorización Sanitaria y/o Certificado de Salubridad a los establecimientos comerciales que desarrollan el giro de Apuestas Deportivas que no expendan o produzcan alimentos y bebidas, no expendan gaseosas, snacks empaquetados u otros productos industrializados.”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala