Resolución N.° 003620-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
9 de setiembre de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 03107-2024-JUS/TTAIP de fecha 12 de julio de 2024, interpuesto por PEDRO CESAR SOTELO PAZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EMBLEMATICA MARIANO MELGAR de fecha 18 de junio de 2024, con expediente N° 2311.
Con fecha 18 de junio de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información:
“1. Contrato del actual concesionario del estadio de la I.E., recibidos de pago del alquiler mensual del actual concesionario del estadio de la institución educativa emblemática “Mariano Melgar”, desde la fecha de celebración de su contrato hasta la actualidad (julio 2024), en caso de no seguir abonando y/o depositando
la merced conductiva, señalar desde que fecha al concesionario no está haciendo los depósitos a la institución por derecho de alquiler del estadio Melgariano, copia de la Procuraduría del Ministerio de Educación (orden de lanzamiento judicial concesionario del estadio) tal como nos comunicó al mencionado director que se encuentra en la condición de lanzamiento judicial la situación actual del estadio Melgariano, copia de los recibos desde su inauguración por derecho de alquileres de la moderna losa deportiva de grass artificial de fulbito, denominado el “Campín” que se encuentra bajo su administración.” (sic)
Con fecha 12 de julio de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 18 de junio de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información:
“1. Contrato del actual concesionario del estadio de la I.E., recibidos de pago del alquiler mensual del actual concesionario del estadio de la institución educativa emblemática “Mariano Melgar”, desde la fecha de celebración de su contrato hasta la actualidad (julio 2024), en caso de no seguir abonando y/o depositando
la merced conductiva, señalar desde que fecha al concesionario no está haciendo los depósitos a la institución por derecho de alquiler del estadio Melgariano, copia de la Procuraduría del Ministerio de Educación (orden de lanzamiento judicial concesionario del estadio) tal como nos comunicó al mencionado director que se encuentra en la condición de lanzamiento judicial la situación actual del estadio Melgariano, copia de los recibos desde su inauguración por derecho de alquileres de la moderna losa deportiva de grass artificial de fulbito, denominado el “Campín” que se encuentra bajo su administración.” (sic)
Con fecha 12 de julio de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala