Resolución N.° 003138-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

31 de julio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 02542-2024-JUS/TTAIP de fecha 12 de junio de 2024, interpuesto por ROLANDO CONCHA LÓPEZ contra la Disposición S/N de fecha 12 de junio de 2024, mediante la cual el MINISTERIO PÚBLICO - DISTRITO FISCAL DE LIMA NORTE denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 7 de junio de 2024.
Con fecha 7 de junio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“1) INFORME 01-2024-FPPY de la fiscalía de cañete respecto a los responsables penales de la muerte de 6turistas, y la muerte de 2 trabajadores. El chofer de la empresa de transporte turístico Consorcio Antonio y laguia de turismo de la empresa AGENCIA DE VIAJES ILEGAL denominada COMUNIDAD DE VIAJES LUISITOVIAJA. En link abajo copiado se entrega link de estas muertes que es de público conocimiento. https://peru21.pe/lima/policiales/minivan-se-vuelca-en-riocanete- con-ocho-personas-a-bordo-accidente-en-yauyos-minivan-cae-a-rio-canetetour- mortal-a-laraos-muerte-en-rio-canete-noticia/
2) Como presidente de la Asociación Peruana de Empresas Turísticas - APETUR, solicito como información pública el teléfono y anexo de su oficina, modalidad decontratación laboral, correo y celular institucional de Omar Efrain Guillermo Girao, fiscal adjunto provincial de la fiscalía penal de yauyos distrito fiscal de cañete, para contactarme y desmentir lo que afirma erróneamente en su informe 01-2024-fppy del 29 de mayo de 2024.” [sic]
Mediante Disposición S/N de fecha 12 de junio de 2024, la entidad requirió al administrado a efectos de que subsane su requerimiento, señalando que la misma debería contener su dirección domiciliaria, número de DNI y la expresión concreta y precisa de su petición.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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